La Resolución DGI N.º 1518/2026 creó un régimen de información para los operadores de plataformas digitales que intermedian en el arrendamiento de inmuebles ubicados en Uruguay. Comprende las operaciones concertadas a través de plataformas como Airbnb, Booking y otras de funcionamiento similar.
Del anuncio al control tributario
El reporte incluirá datos de las operaciones y la identificación de quienes obtienen los ingresos. Esto hace posible comparar lo informado por la plataforma con la situación fiscal del titular: declaraciones, anticipos, retenciones y pagos realizados.
Cuando el ingreso corresponde a una persona física residente, normalmente debe analizarse en el ámbito del IRPF por rentas de capital inmobiliario. Si el beneficiario es una persona o entidad no residente, puede quedar comprendido en el IRNR. La residencia fiscal, la titularidad del inmueble, la existencia de intermediarios y la forma de explotación pueden modificar el tratamiento, por lo que no conviene aplicar una respuesta automática.
Qué diferencias podrían quedar expuestas
- Operaciones publicadas y cobradas que no fueron declaradas.
- Importes declarados que no concilian con reservas, cancelaciones, comisiones y cobros.
- Ingresos atribuidos a una persona distinta del verdadero titular o beneficiario.
- Propietarios no residentes sin anticipos, retenciones o declaración de IRNR cuando correspondía.
- Inmuebles administrados por terceros sin una documentación clara de los cobros y rendiciones.
- Diferencias entre los períodos informados por la plataforma y los considerados fiscalmente.
Cuándo se presenta la información
Para el inicio existe un régimen transitorio: la información de los trimestres julio-setiembre y octubre-diciembre de 2026 se presentará en febrero de 2027, de acuerdo con el cuadro general de vencimientos.
Cómo anticiparse y evitar problemas
- Descargar el historial completo de reservas, cancelaciones, comisiones y pagos de cada plataforma.
- Identificar al beneficiario real de cada ingreso y confirmar su residencia fiscal.
- Conciliar la información con estados bancarios, rendiciones de administradores y contratos.
- Revisar IRPF o IRNR, incluyendo declaraciones, anticipos, retenciones y eventuales exoneraciones debidamente tramitadas.
- Cuantificar diferencias antes de recibir una observación y evaluar la vía correcta para regularizarlas.
- Implementar un control periódico para que las futuras declaraciones coincidan con lo que reportará la plataforma.
La resolución no crea un impuesto nuevo
La norma regula la información que deberán suministrar las plataformas; no crea por sí misma un nuevo impuesto sobre los alquileres. Lo que cambia es la capacidad de control sobre obligaciones que ya podían existir. También deben revisarse con cuidado las exoneraciones, porque no operan necesariamente de forma automática y exigen verificar todos sus requisitos.
Especial relevancia en Maldonado
En Punta del Este, La Barra, José Ignacio y otros destinos del departamento, las plataformas digitales forman parte habitual de la comercialización de alquileres temporarios. La disponibilidad de datos vuelve especialmente importante revisar ahora la situación de propietarios residentes y no residentes, sin esperar al primer requerimiento.
Fuentes oficiales
Contenido informativo general. El impuesto y la forma de regularización deben analizarse según la titularidad, residencia fiscal, estructura jurídica y realidad de cada operación.